El aspecto más significativo en el nuevo panorama de protección de datos es la aceptación por parte del cliente de un consentimiento explícito para poder procesar sus datos. De la misma manera, el consumidor también tendrá el derecho de decidir cuándo quiere que una empresa deje de tener acceso a sus datos.

Hace tan sólo unos días de la entrada en vigor de la nueva Ley de Protección de Datos que introduce modificaciones en cuanto a la garantía de un mayor control de los datos por parte de la persona en cuestión. Con este nuevo Reglamento se pretende reforzar la privacidad y condenar la captación ilícita de datos personales, un uso muy extendido por las empresas que, sobre todo se dedican a la venta a través de la web.

A través de esta nueva normativa, el cliente deberá expresar de manera explícita que está de acuerdo con el tratamiento y el procesamiento de sus datos por parte de la empresa que los obtiene, evitando, en cualquier caso, el uso de casillas premarcadas o presentándole al cliente una simple descripción del cumplimiento de la empresa con la nueva política de privacidad.

Aprobación explícita por parte del cliente

Con esta premisa serán las empresas las que deben de adaptarse a este nuevo ecosistema legal de manera que obtengan de alguna manera el consentimiento explícito para tratar los datos personales de cada cliente.

De esta manera, lo que hasta ahora se trataba de un acuerdo tácito entre consumidor y empresa, debe hacerse implícito si se quiere estar en cumplimiento de la ley, como por ejemplo cuando una persona está navegando por una web y acepta la política de cookies del propietario de dicho portal.

Otro aspecto muy significativo a tener en cuenta es que una cuestión previa a la recogida de datos, es la puesta en conocimiento del interesado del tratamiento y procesamiento que se va a hacer con sus datos de carácter personal (finalidad, cesiones, etc.)

Por lo tanto quedan fuera de toda legalidad las prácticas que algunas empresas han empezado a ejecutar como por ejemplo: “Si no da su negativa al nuevo consentimiento en 30 días, entendemos que está de acuerdo…” o como hemos mencionado con anterioridad, las casillas premarcadas.

Empresas que no están obligadas a obtener el consentimiento del cliente

No obstante, cabe recordar también que no será necesario el consentimiento explícito del interesado en el caso de que el consentimiento obtenido antes de la entrada en vigor de la nueva ley estuviera fuera conforme a los requisitos establecidos en el mismo. Tampoco será necesario un consentimiento explícito cuando los tratamientos se apoyen en otra base legal como la ejecución de un contrato.

Desde Co-spaces esperamos que esta información os haya sido útil para cada una de vuestras empresas. Asimismo les recordamos que disponemos de espacios disponibles en nuestra oficina coworking en Alicante. Para más información visita nuestra web o contacta por teléfono llamando al 966 80 48 63